Los Bóq’ol Q’esal Tenam (Alcaldías Indígenas) y Comunidades de Cotzal, Chajul y Nebaj, después de haber conocido la resolución de la Corte de Constitucionalidad que ampara al Consejo de Autoridades Ancestrales de las Comunidades Indígenas Maya Ixiles de Cotzal, en el caso Expediente 156-2013 of. 8. Ref: 60-2012. Acumulados: 159-2013, ante las Comunidades Mayas, Xinkas y Garífunas, y los sectores y organizaciones sociales que defienden los derechos humanos y los derechos indígenas de Guatemala, y ante la comunidad internacional, damos a conocer:
1. El 20 de enero del 2012, el Alcalde Indígena Concepción Santay en representación de las Comunidades y Autoridades Ancestrales de Cotzal presentaron una acción de amparo ante la Corte Suprema de Justicia en contra del Ministro de Energía y Minas por haber autorizado a la Transmisora de Energía Renovable, Sociedad Anónima, proyecto “Subestaciónes Uspantán y Chixoy II y línea de transmisión Uspantan-Chixoy II” violando el derecho de información, consulta previa y obligatoria de los pueblos indígenas maya ixiles que viven en ese territorio desde hace más de dos mil quinientos años.
2. La Corte Suprema de Justicia en su momento resolvió que la empresa ENEL y la Transmisora de Energía Renovable, Sociedad Anónima, habían cumplido con todos los requerimientos legales, y por tanto, no habían sido violados los derechos de las Comunidades Maya Ixiles. Las Autoridades Ancestrales Maya Ixiles llevaron el caso ante la Corte de Constitucionalidad.
3. La Corte de Constitucionalidad en su resolución del 25 de marzo 2015, amparó a las Autoridades Ancestrales y Comunidades Maya Ixiles de Cotzal y ordenó al Ministerio de Energía y Minas que traslade copia del expediente del proyecto mencionado al Gabinete de Pueblos Indígenas e Interculturalidad del Organismo Ejecutivo a fin de que tome las medidas necesarias para que se practique la consulta de las Comunidades y Autoridades Maya Ixiles conforme los estándares internacionales aplicables.
4. El derecho a la información, consulta, consentimiento y decisión de las Comunidades y Pueblos Indígenas sobre su vida, el bien común, el buen vivir, ha sido ratificada por la Corte de Constitucionalidad. Es una victoria de los Pueblos Indígenas de Guatemala. Le toca al organismo ejecutivo y su Gabinete de Pueblos Indígenas e Interculturalidad demostrar seriedad, capacidad, responsabilidad y transparencia. Rechazaremos y denunciaremos toda medida de engaño y cualquier maniobra o acción que atente contra el derecho al bien común constitucional o buen vivir de nuestras Comunidades, la Región Ixil, las demás regiones indígenas y del país en su conjunto.
5. El derecho a la información, consulta y toma de decisión de los pueblos indígenas sobre las medidas administrativas y normativas que afecten su vida con dignidad y derechos tiene sus propios métodos que las entidades de gobierno y estatales deben respetar, debe prevalecer la buena fe y el derecho a decidir de nuestras comunidades conforme sus usos, tradiciones, costumbres, y autoridades propias, en este caso los Q’esal Teman (Consejos de Principales), B’oq’ol Q’esal Tenam (Alcaldías Indígenas); la resolución de la Corte de Constitucionalidad abre una posibilidad para que las instituciones estatales empiecen a entender el reclamo de derechos los pueblos indígenas en vez de criminalizarlos como hoy día se está haciendo.
6. Solicitamos a la Procuraduría de Derechos Humanos, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y otras entidades internacionales que velan por los derechos humanos y los derechos de los Pueblos Indígenas acompañar a las Comunidades y Autoridades del Pueblo Ixil, durante este proceso, para asegurar el libre ejercicio de sus derechos a la información, consulta, toma de decisiones, libre determinación y otros que garantiza la Constitución Política de Guatemala e instrumentos internacionales.
7. Denunciamos la campaña de terror iniciada recientemente en la Región Ixil con el aparecimiento de bombas que el ejército utilizó contra las Comunidades Maya Ixiles durante el conflicto armado interno, y el sistemático desprestigio de las Alcaldías Indígenas y Autoridades Ancestrales promovidas por fuerzas empresariales y políticas que quieren adueñarse de los recursos naturales y del territorio del Pueblo Ixil y limitar el ejercicio de sus derechos.
8. Damos gracias a nuestras hermanas y hermanos que han entregado su vida en la defensa de nuestra dignidad y nuestros derechos desde la invasión de 1530, durante los siglos de esclavitud y trabajo forzado, y durante el conflicto armado interno, porque ellos abrieron el camino de la resistencia y lucha por una vida con dignidad y derechos, sin la exclusión, racismo y genocidio del Estado contra los
Pueblos Indígenas de Guatemala.
Región Ixil, 16 de abril del 2015
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