Mostrando entradas con la etiqueta impunidad. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta impunidad. Mostrar todas las entradas

Guatemala: CIDH insta a Guatemala a continuar avanzando en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales y en la lucha contra la impunidad

16 de mayo de 2014
Washington, D.C. – Ante la reciente adopción por parte del Congreso de la República de Guatemala del Punto Resolutivo 3-2014, por medio del cual se formulan algunas recomendaciones relativas a los alcances de la Ley de Reconciliación Nacional y de los Acuerdos de Paz, la Comisión Interamericana (CIDH) reitera el carácter vinculante de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos asumidas por el Estado guatemalteco, y la necesidad de combatir la impunidad en casos de graves violaciones a los derechos humanos. 

En este sentido, la Comisión Interamericana reconoce como un aspecto claramente positivo los reconocimientos de responsabilidad de hechos de distinto alcance por el Estado en los últimos años en el contexto de varios casos decididos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, particularmente en los casos de las masacres de Río Negro, de las Dos Erres y Plan de Sánchez, en el caso Chitay Nech y otros, perpetrados contra comunidades indígenas en el contexto del conflicto armado. Asimismo, se reconocen los esfuerzos y avances logrados en procesos de investigación y esclarecimiento en el curso de los últimos cuatro años por la actual Fiscal General.

Sin embargo, la CIDH observa con preocupación que la referida declaración, aprobada por el Congreso de la República el pasado 13 de mayo, estima que “no obstante que la legislación imperante da cuenta que los elementos que conforman los tipos penales señalados resulta jurídicamente inviable que se diera en Guatemala, principalmente en cuanto a la existencia en suelo patrio de un genocidio durante el enfrentamiento armado interno” , y señala que la investigación y sanción de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el mismo propiciarían “condiciones contrarias a la paz” e “impedirían una definitiva reconciliación nacional”. Al tiempo que hace referencia explícita, en la primera línea de su texto, al juicio iniciado hace un año contra los militares retirados Efraín Ríos Montt y Mauricio Rodríguez Sánchez, e insta directamente al Organismo Judicial a administrar justicia: “de tal manera que esa justicia produzca paz”. Este Punto Resolutivo fue aprobado la misma semana en la que se llevará a cabo la sucesión en el mandato del titular del Ministerio Público.

La Comisión Interamericana considera que una declaración de esta naturaleza, emitida en el contexto actual que vive el país, no representa un paso constructivo frente a los esfuerzos que desde distintas instituciones del Estado se han venido adelantando con miras a investigar y sancionar graves violaciones a los derechos humanos y combatir la impunidad. 

Asimismo, la Comisión Interamericana observa con preocupación que el referido Punto Resolutivo hace referencia específica a un proceso penal seguido por genocidio, respecto del cual señala que no se cumplen los elementos del tipo penal respectivo, y pretende ofrecer pautas respecto de cómo el Organismo Judicial debe decidir este tipo de casos. A este respecto, la Comisión insta al Estado a preservar el principio de separación de los poderes como condición esencial para la independencia judicial; y recuerda que la propia Constitución Política dispone en su artículo 46 el principio general de que en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preeminencia sobre el derecho interno.

En este sentido, la CIDH recuerda que el artículo 68 de la Convención Americana establece la obligatoriedad del cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana. A este respecto, la Corte Interamericana celebra hoy 16 de mayo, durante su 103º Periodo Ordinario de Sesiones, una audiencia de supervisión de cumplimiento de once sentencias relativas a Guatemala (casos Blake, “Niños de la Calle” (Villagrán Morales), Bámaca Velásquez, Mack Chang, Maritza Urrutia, Masacre Plan de Sánchez, Molina Thiessen, Carpio Nicolle y otros, Tiu Tojín, Masacre de las Dos Erres y Chitay Nech). El objeto de esta audiencia, como lo ha anunciado la propia Corte, es recibir información actualizada y detallada respecto de la medida de reparación relativa a la obligación de investigar, esclarecer, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos. No obstante la naturaleza emblemática de dichos casos, y el transcurso del tiempo desde las respectivas sentencias, la obligación de investigar, juzgar y sancionar a los culpables sigue pendiente. Es indispensable que el Estado adopte las medidas concretas y decisivas necesarias para cumplir con sus obligaciones esenciales bajo el derecho internacional.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.


Press Release 58/14

May 16, 2014

Washington, D.C. - Given the recent adoption by the Congress of the Republic of Guatemala of Resolution 3-2014, containing recommendations regarding the scope of the National Reconciliation Act and the Peace Accords, the Inter-American Commission (IACHR) reiterates the binding nature of the international human rights obligations undertaken by the State of Guatemala, and the importance of combating impunity in cases of grave human rights violations.

The Inter-American Commission recognizes the importance of various acknowledgments of responsibility made by the State in recent years, during several cases decided by the Inter-American Court of Human Rights. These include, in particular, the cases of the Río Negro Massacres, the “Las Dos Erres” Massacre, and the Plan de Sánchez Massacre, perpetrated against indigenous communities in the context of armed conflict. Moreover, the Commission recognizes the efforts made and the progress achieved in the last four years in the investigation and truth-seeking by the current Attorney General.

Nonetheless, the IACHR observes with concern the fact that the declaration adopted by Congress on May 13th, in referring to the prosecution of Efraín Rios Montt, states that "it is legally not viable that the elements that constitute the crimes mentioned could have happened in Guatemala, principally with regard to the existence in our homeland of a genocide during the internal armed conflict." he declaration further observes that the investigation and punishment for the grave human rights violations committed in this context create “conditions contrary to peace” and “prevent definitive national reconciliation". Moreover, the first line of its text explicitly refers to the trial which started one year ago against retired military officers Efrain Rios Montt and Mauricio Rodríguez Sánchez, and directly urges the judiciary to render justice "in a way that this justice would produce peace". This Resolution was approved during the same week as the new head of the Public Ministry is to be appointed.

The Inter-American Commission considers that a declaration of this nature, in the current context does not constitute a constructive step, in contrast with the efforts made by various State institutions to investigate and punish grave human rights violations and to fight against impunity.

The Inter-American Commission also notes with concern that this Resolution makes specific reference to the Rios Montt genocide trial, and indicates that the required elements of that crime have not been met in Guatemala. Further, it provides indications as to how the judiciary should rule in such cases. In this regard, the Commission urges the State to respect the principle of separation of powers, an essential condition of judicial independence. It recalls that the Constitution of Guatemala itself establishes, in Article 46, the general principle according to which human rights treaties and conventions that have been accepted and ratified by Guatemala take precedence over domestic law.

The IACHR recalls that Article 68 of the American Convention establishes the obligation to comply with the judgments of the Inter-American Court. In this regard, the Inter-American Court holds today, May 16th, during its 103rd Regular Session, a hearing to monitor compliance by Guatemala with eleven judgments (Blake, "Street Children" (Villagran Morales), Bámaca Velásquez, Mack Chang, Maritza Urrutia, Plan de Sánchez Massacre, Molina Thiessen, Carpio Nicolle et al., Tiu Tojín, “Las Dos Erres” Massacre and Chitay cases). The purpose of this hearing, as the Court has announced, is to receive updated and detailed information on reparations and the obligation to investigate, establish the facts, prosecute, and, if necessary, punish those responsible. Despite the emblematic nature of these cases and the time passed since the various judgments, the obligation to investigate, prosecute, and punish those responsible has not been fulfilled. It is imperative that the State take the concrete and critical measures necessary to comply with its fundamental obligations under international law. 

A principal, autonomous body of the Organization of American States (OAS), the IACHR derives its mandate from the OAS Charter and the American Convention on Human Rights. The Inter-American Commission has a mandate to promote respect for human rights in the region and acts as a consultative body to the OAS in this matter. The Commission is composed of seven independent members who are elected in an individual capacity by the OAS General Assembly and who do not represent their countries of origin or residence.
Guatemala: 

Guatemala debe decidir si deja de ser el paraíso de la impunidad

Fundación Madrid Paz y Solidaridad,   et al.  

Alainet; 21 de diciembre 2012


En los próximos días la Corte de Constitucionalidad de Guatemala decidirá si otorga o no la amnistía al general Efraín Ríos Montt, ex Presidente de la República en los años más sangrientos del conflicto armado en Guatemala. Tal concesión sería una grave violación de las obligaciones internacionales del Estado de Guatemala y un gran varapalo para las víctimas, las organizaciones de derechos humanos que llevan más de diez años trabajando contra la impunidad y para el pueblo de Guatemala en general. 

También supondría un duro golpe al Estado de Derecho en Guatemala. Dejar en la impunidad crímenes internacionales como los que se le han imputado a Ríos Montt, pone seriamente en duda la credibilidad del sistema del justicia guatemalteco y su capacidad para investigar y castigar tanto a los responsables de los crímenes del conflicto, como las graves violaciones de derechos humanos que se cometen actualmente. 

La Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH) de la ONU concluyó que durante los 36 años de conflicto armado: Hubo más de 200.000 víctimas: 45.000 desaparecidos/as, al menos 650 masacres, medio millón de refugiados en Méjico y 1 millón de desplazados; así como que las Fuerzas de Seguridad del Estado son responsables del 93% de los crímenes. La CEH igualmente afirmó que en 1982, el Ejército de Guatemala dirigido por Efraín Ríos Montt cometió actos de genocidio en cuatro áreas. Esta información se ha ido corroborando con las pruebas obtenidas y presentadas en los procesos tanto en Guatemala como en España. 
Fruto del trabajo incansable de las víctimas, las organizaciones de derechos humanos y el buen hacer de los operadores de justicia han sido condenados varios autores materiales de desapariciones forzadas y masacres. 

La detención de parte del Alto Mando de Ríos Montt (López Fuentes y Rodríguez Sánchez) y la imputación por genocidio del mismo ex Presidente de la República ex general Efraín Ríos Montt, han sido hitos en la larga historia por el reconocimiento de los derechos de las víctimas a la Verdad, la Justicia y la Reparación.

En los próximos días la honorable Corte de Constitucionalidad de Guatemala tiene que decidir si otorga la amnistía al general Ríos Montt. La Comunidad Internacional está pendiente de que la sentencia sea ajustada a los avances de los estándares de Derecho internacional y la abundante jurisprudencia internacional al respecto. En este sentido se pronunció en la Corte Interamericana de Derechos Humanos el reciente mes de octubre, al declarar que la aplicación de la amnistía en El Salvador refleja en una grave afectación de la obligación internacional del Estado de investigar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos. 

El próximo 27 de diciembre a las 10h (hora Guatemala) la Asociación para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la Fundación Abogacía Española, Rights International Spain y la Fundación Madrid Paz y Solidaridad, junto con prestigiosos juristas españoles, entre otros, D. José Antonio Martín Pallín(fue Fiscal del Tribunal Supremo, Magistrado emérito del mismo); Elisa Veiga Nicole(ex Magistrada de la Audiencia Nacional española y ex Vocal del Consejo General del Poder Judicial) y Carlos Jiménez Villarejo(Cofundador de Justicia Democrática, Ex Fiscal Jefe Audiencia de Barcelona y Fiscal Jefe de la Fiscalía Anticorrupción) interpondrán un AMICUS CURIE ante la Corte de Constitucionalidadcon el fin de puntualizar algunos aspectos desde el Derecho internacional que pudieran servir de elementos de discusión en las deliberaciones de la honorable Corte. 

Guatemala tiene la oportunidad de demostrar que está en camino de ser un Estado de Derecho donde se cumple la Ley y se reconocen los derechos de las víctimas, situándose al lado de los países que consolidan sus democracias mediante la lucha contra la impunidad; o de acercarse a un estado fallido o estado sin Ley. 

Como concluye el AMICUS que se presentará en los próximos días, el Estado de Guatemala no puede interponer ningún obstáculo para el enjuiciamiento y, en su caso, castigo de José Efraín RIOS MONTT, pues está obligado frente a todos los Estados a su persecución, de manera que toda ley nacional –así como decisión judicial- que postergue la investigación de los crímenes, los considere prescritos u otorgue amnistía es contraria a las obligaciones internacionales que el Estado de Guatemala debe cumplir. 

Fundación Madrid Paz y Solidaridad 

Asociación Española de Derecho Internacional de Los Derechos Humanos (AEDIDH) 

Rights International Spain (RIS) 

Fundación Abogacía Española 

Madrid, 21 de diciembre de 2012