Guatemala: Ejecutivo descarta competencia de CIDH en casos anteriores a 1987
La Hora, 2 de enero 2013
Activistas se manifestaron en desacuerdo con lo establecido en el Acuerdo Gubernativo 370-2012, publicado en el diario oficial, donde el Estado de Guatemala deja sin competencia a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para conocer casos previos al 9 de marzo de 1987.En la publicación, el Estado declara que “Guatemala interpreta la reserva contenida en el artículo 2 del Acuerdo Gubernativo 123-1987, en el sentido que la competencia de la Corte Interamericana de Justicia es exclusivamente para hechos cometidos con posterioridad al 9 de marzo de 1987 y que en caso de hechos o delitos continuados, el principio de ejecución o conducta originaria debe haber sucedido con posterioridad al reconocimiento de esa competencia, ocurrida el 9 de marzo de 1987”.
En el segundo artículo, también señalan que Guatemala reconocerá toda reparación que pueda ser impuesta por la CIDH por hechos ocurridos “exclusivamente con posterioridad al 9 de marzo de 1987 y hasta por valores o formas de reparaciones que no excedan aquellas previstas en la Constitución”.
JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL
En relación a esto Helen Mack, directora de la Fundación Mirna Mack, manifestó que “son patadas de ahogado y demuestra que el Estado no quiere atender sus obligaciones en materia de derechos humanos".Según analizó, el acuerdo es una reacción a la sentencia de la Corte en el caso del diario militar y que Guatemala no puede obviar la jurisprudencia en derechos humanos a nivel internacional.
“Mucho podrán hacer los Acuerdos Gubernativos, pero a nivel jurisprudencial donde Guatemala es signataria eso no aplica”, dijo enfática y agregó que los delitos cometidos previo a 1987 y que han sido llevados a la CIDH “son delitos continuados, inclusive antes de la ratificación, porque los cuerpos no han aparecido y por lo tanto se sigue cometiendo el ilícito”.Por aparte, Edgar Pérez, abogado de Asociación Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (Famdegua), dijo existe una mala interpretación de la reserva.También recordó que está establecido que “los Estados no pueden alegar al derecho interno para dejar de cumplir sus obligaciones internacionales".
IMPUNIDAD
Por otro lado Nery Rodenas, director de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG), consideró que en dicho acuerdo se podría buscar algún tipo de impunidad y que debe ser analizado para identificar si es inconstitucional.En tanto, Juan Francisco Soto, director del Centro de Acción Legal para los Derechos Humanos, (CALDH), manifestó que están en desacuerdo con que Guatemala emita este tipo de disposiciones.“Es un retroceso porque están tratando de limitar que el sistema interamericano conozca la denegación de justicia de todo lo que sucedió durante el conflicto armado interno”, concluyó.
CASO
Diario militar
El pasado 20 de diciembre, la CIDH condenó al Estado de Guatemala por el caso de diario militar. En la sentencia el organismo ordena el pago de una indemnización, así como que el Estado inicie, continúe y realice las investigaciones y procesos necesarios, en un plazo razonable, para establecer la verdad de los hechos registrados en el Dossier de la Muerte
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