Guatemala debe cumplir en forma íntegra con las
decisiones de la Corte IDH
San José de
Costa Rica y Ciudad de Guatemala, 16 de setiembre del 2014. La Corte
Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), notificó en días pasados una
resolución de supervisión de cumplimiento de once de sus sentencias dictadas
contra Guatemala. En esta resolución de fecha 21 de agosto, la Corte condena con
severidad el desacato del Estado guatemalteco a sus responsabilidades
internacionales y ordena que en forma pronta e íntegra se adopten todas las
medidas necesarias para cumplir con todas las sentencias dictadas.
Dicha
resolución se deriva de la audiencia de supervisión de cumplimiento celebrada
el pasado 16 de mayo, en la que se discutió el avance en el cumplimiento las
siguientes sentencias: Nicholas Blake, Maritza Urrutia, Masacre Plan de
Sánchez, Carpio Nicolle, Tiu Tojin, Florencio Chitay Nech, Mack Chang, Niños de
la calle (Villagran Morales y otros), Bámaca Velásquez, Molina Theissen y
Masacre de las Dos Erres. En esta audiencia participaron representantes del
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Centro para la
Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH), el Bufete Jurídico de Derechos
Humanos (BDH) y la Fundación Myrna Mack. Además, Pedro Chitay Nech, Jennifer
Harbury y Lucrecia Molina Theissen, familiares de las víctimas. Asimismo,
respecto a la masacre de Río Negro y el caso del Diario Militar, fueron
resueltos en el mismo sentido, es decir, manifestando el desacato del Estado de
Guatemala.
Al analizar los
resultados de la audiencia, la Corte IDH concluye que la posición asumida por
el Estado es contraria al principio internacional de acatar sus obligaciones
convencionales de buena fe y además constituye un incumplimiento del deber de
informar del Tribunal.
Entre otras
valoraciones, la Corte resalta que las actuaciones del Estado constituyen un
cambio radical de posición, ya que en varias de las mencionadas sentencias el
Estado aceptó su responsabilidad total o parcialmente, lo cual para la Corte
“hace ilusorio el acceso de las víctimas a la justicia internacional”.
Asimismo, en
relación con la intención del Estado de aplicar la Ley de Reconciliación
Nacional (ley de amnistía), la Corte recuerda que este tipo de normas son
incompatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y que
Guatemala no puede oponer disposiciones adoptadas a nivel interno para
justificar su incumplimiento, ni siquiera cuando tales disposiciones provengan
del máximo tribunal en el ordenamiento interno.
Para la Corte
IDH, la obligación de implementar a nivel interno lo dispuesto por el Tribunal
en las sentencias vincula a todos los poderes y órganos estatales. A su vez,
destaca el rol importante que cumplieron la Cámara Penal de la Corte Suprema de
Justicia al declarar la autoejecutabilidad de las sentencias de la Corte IDH, y
el Ministerio Público en cuanto a los avances que se observaron en los últimos
años, particularmente sobre algunas condenas obtenidas contra responsables de
graves violaciones de derechos humanos.
Reiteramos
nuestro llamado a las autoridades guatemaltecas para que a la luz de esta
resolución reconsideren su posición claramente violatoria del derecho
internacional y garanticen el acceso efectivo de las víctimas y sus familiares
a la justicia.
Asociación de Familiares
Detenidos y Desaparecidos de Guatemala FAMDEGUA
Asociación Verdad y
Justicia AVEJA
Bufete Jurídico de Derechos
Humanos (BDH)
Centro por la Justicia y el
Derecho Internacional (CEJIL)
Centro para la Acción Legal
en Derechos Humanos CALDH
Fundación Myrna Mack
Pedro Chitay Nech, Jennifer
Harbury, Lucrecia Molina Theissen
Familiares de víctimas
casos ante el sistema interamenricano:
Nicholas Blake, Maritza
Urrutia, Masacre Plan de Sánchez, Carpio Nicolle, Tiu Tojin, Florencio Chitay
Nech, Mack Chang, Niños de la calle (Villagran Morales y otros), Bámaca
Velásquez, Molina Theissen, Masacre de las Dos Erres, masacre comunidad Río
Negro y familiares del Diario Militar
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