Cuba: La Dualidad Monetaria y Cambiaria


 Por Dr. C Joaquín Infante Ugarte – Asesor Presidente de la ANEC
 asesor_presidencia@anec.co.cu

El Economista de Cuba, junio 2014

El tema de la dualidad monetaria ha adquirido una notable relevancia en nuestro país, tanto por las personas jurídicas (empresas, unidades presupuestadas y cooperativas), como por las personas naturales (pequeños agricultores, trabajadores por cuenta propia) y la población), a partir de la publicación de la Nota Oficial del Consejo de Ministros en que expresa que en cumplimiento del Lineamiento No. 55 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución ha acordado poner en vigor el cronograma de ejecución de las medidas que conducirán a la unificación monetaria y cambiaria.


Se aclaró que la unificación monetaria y cambiaria no es una medida que resuelve por sí sola todos los problemas actuales de la economía, pero su aplicación es imprescindible a fin de garantizar el restablecimiento del valor del peso cubano y de sus funciones como dinero, es decir, como medida de valor, medio de circulación, medio de pago y de acumulación. Que esta medida unida a la aplicación de las restantes políticas encaminadas a la actualización del modelo, propiciará el ordenamiento del entorno económico y en consecuencia la medición correcta de sus resultados.


Se pretende tratar de contribuir a aclarar los diferentes aspectos de esta compleja problemática que enfrenta nuestro país desde hace años, en la que están implicados de manera directa e indirecta todos los actores de la sociedad, aunque con una notable incidencia en el nivel y calidad de la vida de la población.


I Dualidad Monetaria

La dualidad monetaria o co-circulación, como también se le conoce, es la situación que se manifiesta cuando mas de una moneda circulan con fuerza liberatoria ilimitada, cumpliendo las funciones del dinero en la economía de un país determinado, Usualmente se produce con la participación significativa de una moneda extranjera, esencialmente convertible, en la determinación y registro de las transacciones corrientes entre los agentes económicos, cumpliendo de ese modo algunas o todas las funciones de la moneda nacional. En el caso que la divisa extranjera sea el dólar se le denomina dolarización. Esta puede ser parcial o total.


La dolarización parcial, es aquella en que la moneda extranjera cumple algunas de las funciones del dinero en una economía donde también circula la moneda nacional emitida por el Banco Central del país. La circulación de la moneda extranjera puede ser oficializada por la autoridad competente o continuar circulando de forma ilegal. Algunos países de Latinoamérica la instauraron durante períodos de hiperinflación en los años 80 del siglo pasado, en que se sustituía la moneda nacional y sus funciones por el dólar. 


La dolarización es total cuando deja de circular la moneda nacional y es sustituida totalmente por la moneda extranjera, no es un proceso espontáneo, sino que es el resultado de una decisión consciente del Gobierno. En este caso la autoridad bancaria pierde la autonomía y el control de la emisión monetaria, como es el caso del Ecuador en que el Sucre dejo de circular y fue sustituido por el dólar en enero del año 2000, para contrarrestar una fuerte hiperinflación en que el Sucre se devaluó en un 500%. Otros países dolarizados totalmente son: Panamá en que la moneda nacional es el Balboa, sin embargo la moneda que circula es el dólar y el Salvador que mantienen la moneda nacional el Colón pero circula el dólar. . . 


La desventaja más significativa de la dolarización de la economía en el aspecto político, es la transferencia de la independencia monetaria a Washington (Reserva Federal – Banco Central de los EE.UU) y, en el aspecto económico, la importación de las devaluaciones o apreciaciones del dólar y el debilitamiento del control de la circulación monetaria al desconocerse con precisión la cuantía de la moneda extranjera circulando en el país. Aceptar una moneda extranjera como medio de pago es concederle un préstamo sin interés al país emisor de la moneda, en este caso los Estados Unidos de América, por el importe de los dólares en reservas sin ser utilizados.


Estos préstamos sin interés al país emisor de una divisa, se producen también cuando los países subdesarrollados se ven obligados a mantener elevadas sumas de divisas como reservas para proteger sus monedas contra los ataques de los especuladores; reservas que mayoritariamente son en dólares de EE.UU, aunque paulatinamente los países están reduciendo el peso de ésta moneda. 


La dualidad monetaria esta asociada a problemas estructurales, aunque se puede dar también por situaciones coyunturales, pero en el caso actual de nuestro país se considera que está originada por ambas causas. El problema fundamental, de carácter estructural, que enfrenta el país es la total dependencia de la economía del financiamiento externo; dada básicamente por la alta propensión de la nación a importar, el bajo ahorro interno y la irrentabilidad en divisas de algunas inversiones y productos exportables. Entre los problemas coyunturales se pueden señalar, el bloqueo económico financiero de los EE.UU que dura mas de 50 años, las escasas reservas de divisas, en lo que influye la lenta recuperación económica principalmente en los fondos exportables y el deterioro de los precios internacionales de productos exportables como el níquel y la elevación de los precios en el mercado externo de los productos que importamos, entre los que se puede citar el petróleo y los alimentos.


La dualidad monetaria en Cuba se inicia el 7 de noviembre de 1914, en que la Gaceta Oficial notifica la creación del Peso Cubano y la continuación de la circulación del dólar como moneda de curso legal y fuerza liberatoria ilimitada. Por la Ley del 22 de mayo de 1934 la moneda nacional que serviría como medida de valor o unidad de cuenta sería un peso oro de 0.9873 gramos de peso bruto ó 0.8886 gramos de oro fino (equivalente al dólar). La circulación del Peso Cubano y el dólar se interrumpe al aprobarse en el 22 de diciembre de 1948 la Ley No, 13 que creó el Banco Nacional de Cuba y establece el Peso Cubano como única moneda a circular en el territorio nacional. Por la Resolución No. 140 de 1961 del Banco Nacional de Cuba se estableció que ningún agente económico podría poseer divisa sin la previa autorización de dicho organismo, disposición que tuvo vigencia hasta la aprobación del Decreto Ley 140 del 13 de agosto de 1993 en que se despenaliza la tenencia de divisas y retorna nuevamente la dualidad monetaria.


II Dualidad Cambiaria

La dualidad cambiaria es la existencia de dos tipos de cambios diferentes, que puede darse con o sin dualidad monetaria, aunque prácticamente es inherente a la dualidad monetaria. En nuestro país, antes de 1990 (crisis económicas por el derrumbe del campo socialista de Europa Oriental) estaban fijados dos tipos de cambios, uno para las operaciones comerciales y otros para las operaciones no comerciales, práctica en los países socialistas. 

 Adicionalmente, al implantarse el Sistema de Dirección y Planificación de la Economía aprobado en el I Congreso del Partido en el año 1975, se realizó una Reforma de Precios Mayoristas en que se consideró como ineludible determinar y fijar dos tipos de cambios diferentes del Peso Cubano, uno para las transacciones realizadas con el campo socialista en que se realizaba el mayor porcentaje del comercio exterior y otro para el comercio con los países capitalistas. Para su cálculo se partió del poder adquisitivo de las exportaciones, dando como resultado un tipo de cambio de 1,11 Pesos por un rublo y de 0,78 Pesos por un dólar. Las diferencias estaban dadas por los precios preferenciales del azúcar y demás beneficios económicos recibidos del campo socialista, especialmente de la URSS.

 Los precios mayoristas que se determinaron por las empresas fueron utilizados para la conformación del Plan de la Economía y para realizar las transacciones de compra venta entre las empresas a partir del año siguiente. Posteriormente, ha mediado de los años 80 del siglo pasado, para simplificar las operaciones del comercio exterior se decidió fijar el tipo de cambio de 1x1, el que se ha mantenido hasta la fecha en el sector estatal, o sea, por mas de 30 años a pesar de los innumerables perjuicios económicos que extraña para la economía. 


III Surgimiento de la dualidad monetaria y cambiaria en el Período Especial

 Dada el significativo peso de las relaciones económicas financieras del país con la Unión Soviética y demás países miembros del CAME, la desaparición del campo socialista representó un impacto negativo para la economía de nuestro país a partir de 1990, acrecentado por el recrudecimiento del bloqueo económico financiero de los EE.UU al aprobar la Ley Torricelli (1992) y la Ley Helm Burton (1996). Se puede vislumbrar la magnitud de la afectación por el deterioro de los fundamentales indicadores económicos

La reducción del PIB en un 35,0% en cinco años;

La disminución del comercio exterior en mas de un 80%;

La reducción del consumo de combustible en un 50%; 

 Utilización de la capacidad industrial al 15%;

El déficit del Presupuesto del Estado alcanzó el 30% del PIB;

La liquidez monetaria se elevó al 66% del PIB, y

 Concentración de riquezas y aumento de las desigualdades.


En estas circunstancias de pérdida de valor de la moneda nacional el Peso, comenzó a circular de forma ilegal el dólar estadounidense que llegó a cotizarse a 150 Pesos por 1 dólar. Entre las acciones tomadas y anunciadas por el Cro. Fidel en el discurso del 26 de julio de 1993, la mas compleja fue la despenalización de la tenencia de divisas por la población establecida por el Decreto Ley 140, la que de hecho hizo retornar la dualidad monetaria en el país al autorizarse a circular con fuerza liberatoria ilimitada fundamentalmente el dólar, pero también a otras 7 monedas convertible. El surgimiento de la dualidad monetaria en esta etapa fue la consecuencia de la selección de una opción que se considero era la menos traumática, en lugar de otra, la devaluación interna mediante un cambio de la moneda nacional. Ambas fueron ampliamente discutidas en el ámbito académico. 


Tenemos el ejemplo de lo que significa la devaluación interna: las acciones tomadas en la Eurozona por la Troika (Comisión Europea, Banco Central Europeo y el Fondo Monetario Internacional), que acorde con sus concepciones neoliberales y con el simulado argumento de que la crisis financiera no es responsabilidad del sector bancario sino del elevado monto de la deuda soberana de los países menos competitivos (Grecia, Portugal, España, Irlanda e Italia), ha emprendido acciones para que éstos puedan honrar los financiamientos que se le otorguen, condicionando los mismos a la eliminación de los beneficios sociales, el empleo, la disminución del salarios, las jubilaciones y pensiones, todo lo cual se ha traducido en la reducción del nivel de vida de la población y el incremento de la pobreza. Estas acciones no son más que la clara expresión de la actual ofensiva del capital contra el trabajo. 


 Consustancial con la despenalización de la tenencia de divisas y con el objetivo de distribuir parte de las divisas que se recibían en el país, principalmente por las remesas de los cubanos residentes en el extranjero, para beneficiar al resto de la población que no tenían está posibilidad, se aprobaron las acciones siguientes: 

La organización de una red de tiendas para la venta minorista de productos y servicios en dólares (TRD);

Se organiza las casa de cambio (CADECA) en 1995, que posibilita el canje del dólar y otras monedas convertibles por el Peso Cubano;

Se autoriza a que la población pueda abrir cuentas de ahorro en divisas;

Se autorizaron estímulos en divisas a trabajadores de entidades que realizaban actividades priorizadas, y 

En septiembre de 1995 se aprobó la Ley No.77 de Inversión Extranjera, sustituida en la actualidad por la Ley 118/14. 


Para complementar las decisiones anteriores en1994 por la Resolución No. 357 del Banco Central de Cuba se autorizó la circulación del Peso Cubano Convertible (CUC) equivalente al dólar, lo que originó la circulación de dos monedas nacionales emitidas por el Banco Central de Cuba y las monedas extranjeras. En julio de 2003 mediante la Resolución No. 65 del Banco Central de Cuba se elimina la circulación del dólar en el sector estatal y se autoriza solamente la circulación de dos monedas nacionales: el Peso Cubano y Peso Cubano Convertible, fecha en que debió haber pleno equilibrio de éste con las reservas de divisas del país y, en octubre de 2004 por la Resolución No 89 del Banco Central de Cuba, se extiende esta medida al comercio minorista, Estas acciones además de recuperar la soberanía monetaria, permite al Banco Central de Cuba mantener un estricto control sobre la emisión monetaria y el monto de las monedas cubanas circulando en el país.


El 18 de marzo de 2005, por los Acuerdos 13 y 15 del Comité de Política Monetaria del Banco Central el Peso Cubano se revaluó en un 7% con relación al Peso Cubano Convertible y éste en un 8% con relación al dólar. Esta medida se suspendió en el año 2011, aunque se mantiene el recargo del 10% al canje de dólares en billetes, a fin de limitar al mínimo esta modalidad de ingresos de divisas al país, en respuesta a la campaña negativa orquestada por los EE.UU sobre la procedencia de los dólares recibidos de los turistas que nos visitan y las remesas de los cubanos y las multas impuestas a los bancos suizos por recibir depósitos de Cuba en billetes de dólares.

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No obstante, las acciones tomadas no fue factible eliminar ni la dualidad monetaria ni la cambiaria, pues permanecieron circulando con fuerza liberatoria ilimitada el Peso Cubano (CUP) y el Peso Cubano Convertible (CUC) con dos tipo de cambio, uno apreciado de 1 Peso Cubano por 1 Peso Cubano Convertible en las relaciones económica financieras en el sector estatal y otro para el sector no estatal y la población, que ha oscilado entre 20 y 25 Pesos Cubanos por Peso Cubano Convertible (CUC). En la actualidad, desde el punto de la población, para la compra es de 1 CUC por 25 CUP y para la venta es de 1 CUC por 24 CUP

 Adicionalmente, por una deficiente administración se emitieron Pesos Cubanos Convertibles no suficientemente respaldados por divisas extranjeras, lo que ocasiono que la totalidad de los CUC en poder de las organizaciones económicas no podían canjearse por divisas extranjeras. razón por la cual para atemperar esta situación se estableció de hecho otra moneda, denominada Carta de Liquidez (CLC), para identificar aquellos CUC que tienen respaldo y pueden ser canjeados por divisas extranjeras.


IV Efectos negativos de la dualidad monetaria y cambiaria en la economía cubana y en el nivel de vida de la población.

 Realmente resulta difícil aislar de los problemas que enfrenta la economía del país, aquellos en que la dualidad monetaria y cambiaria ha tenido la mayor significación, la que usualmente se identifica como una unidad, cuando los efectos de la dualidad monetaria son de menor trascendencia y significación que los de la dualidad cambiaria. 


Del análisis del periodo de vigencia de la dualidad monetaria en nuestro país, se puede apreciar con claridad que ésta no es el problema estratégico a resolver, pues éste es la dualidad cambiaria, resultante de la existencia de un tipo de cambio notablemente depreciado (2500%) de 25 x 1 en las relaciones con el sector no estatal y la población y otro exageradamente apreciado de 1 x 1 en el sector estatal de la economía.


La eliminación de la dualidad monetaria en el sector no estatal presenta una situación más favorable, pues con limitaciones existe libre convertibilidad del Peso Cubano (CUP) por el Peso Cubano Convertible (CUC), lo que admite que se pueda canjear 25 CUP por 1 CUC; razón por la cual al eliminarse la moneda intermedia el CUC se podrá canjear directamente el Peso Cubano por monedas extranjeras al tipo de cambio fijado por el Banco Central de Cuba. 


Se considera que la eliminación de la dualidad monetaria en este sector es intrascendente, pues se puede lograr con una decisión administrativa, que conlleva al unísono convertir a Pesos Cubanos los precios de los bienes y servicios fijados en Pesos Cubanos Convertibles en las TRD (incluye las tiendas de las instalaciones turísticas), pero esta medida no tiene efecto alguno en el incremento del poder adquisitivo del Peso y por ende en el nivel de vida de la población, pues el nivel general de los precios minoristas se mantendrá prácticamente inalterable. 


Se debe tener presente que en la actualidad el nivel de todos los precios minoristas en Pesos Cubanos, excepto los del mercado normado (estatal no normado, trabajadores por cuenta propia, pequeños agricultores, cooperativas agropecuarias y no agropecuarias), o sea los incorrectamente denominados en moneda nacional pues debía expresarse en Pesos Cubanos, dada la correlación existente entre todos los precios minoristas, se forman tomando como referencia los precios fijados en CUC, por lo cual de hecho son equivalentes a los precios fijados en Pesos Cubanos Convertibles.


De lo expuesto se puede valorar lo afirmado que en el sector no estatal el problema no es la existencia o no de la dualidad monetaria, sino que el detonante del nivel de los precios minoristas es el tipo de cambio totalmente depreciado (2500%) en este sector, de 25 Pesos Cubanos (CUP) por 1 Peso Cubano Convertible CUC. Este comportamiento de los precios minoristas determina que de aumentarse los precios en CUC o no exista la posibilidad desde el punto de vista económico de ir paulatinamente apreciando el Peso Cubano, se mantendrá elevado el nivel de precios minoristas, excepto los normados, incluyendo los productos agropecuarios.


En el otro ángulo del problema, en el sector estatal la situación de la eliminación de la dualidad monetaria es mucha más complicada, pues mientras que no existan las reservas en divisas suficientes que posibiliten que el Peso Cubano pueda canjearse libremente por el CUC o el dólar al tipo de cambio que se fije, las divisas tendrán que seguirse asignando por el plan a las organizaciones económicas, aunque manteniéndose la opción descentralizada del financiamiento cerrado principalmente para las empresas exportadoras, que las autoriza a retener parte de los ingresos en divisas obtenidos para financiar el costo de los insumos de los productos exportados. No obstante, la eliminación de la moneda intermedia, el CUC, trae aparejado ahorro de recursos, tales como: la emisión y control del CUC, el registro de las operaciones en dos monedas en las entidades y eliminación de los trámites administrativos inherentes


 Los fundamentales efectos negativos en la economía cubana, ocasionados por el mantenimiento del tipo de cambio apreciado de 1 x 1 en el sector estatal por más de 30 años, son entre otros los siguientes: 

En los fondos exportables

Hacer menos rentable en Pesos Cubanos los productos y servicios exportados, haciendo intrascendente el porcentaje de insumos importados en el costo de producción; 

No garantizar a las empresas el autofinanciamiento en Pesos Cubanos, ya que para lograrlo se requiere de asignaciones del Presupuesto del Estado, y 

 Distorsionar la evaluación económica de los productos y servicios que se pretende exportar, impidiendo determinar con precisión la competitividad internacional de estos.

En los productos y servicios importados

 Reducir aparentemente el costo en Pesos Cubanos de las materias primas, materiales, piezas de repuestos, servicios productivos y mercancías importados;

 Desestimular en Pesos Cubanos la sustitución de importaciones, al abaratar los bienes y servicios importados y presentar comparativamente como más costosos los productos nacionales destinados para insumos de las producciones nacionales y para el consumo de la población, y

 Distorsionar la evaluación económica de los productos y servicios nacionales destinados a la sustitución de importaciones, al entorpecer la determinación precisa de su competitividad internacional. 

En la información económica financiera

 Imprecisión de las cifras de los costos y los gastos;

 Distorsión de la cifras presentadas por los estados financieros, que lo inhabilitan para utilizarlos como un eficaz instrumento de dirección; 

 Deformación de la información utilizada en los análisis económicos financieros y por tanto su fiabilidad; 

 Distorsión de la información para la realización de los estudios de factibilidad de proyectos y la evaluación económica de las inversiones, y

 Obnubilación de la visión económica financiera para la toma adecuada de decisiones a todos los niveles. 


Se considera que las principales motivaciones que han influido en el mantenimiento del tipo de cambio de 1 x 1 en el sector estatal, a pesar de los múltiples perjuicios que entraña, son las siguientes: 

La dirección de la economía mediante decisiones administrativas y no por la utilización de indicadores económicos financieros;

Excesiva centralización de las decisiones operativas, y 

El carácter formal de las finanzas en el sector estatal de la economía, cuya expresión más visible es la crítica situación que mantienen por décadas las cuentas por cobrar y por pagar vencidas, pero la economía no se paraliza. 

 Adicionalmente, la devaluación del tipo de cambio del Peso Cubano en las relaciones económicas financieras en el sector estatal de la economía, eliminará la contradicción ficticia de que el incremento de las exportaciones y la sustitución de importaciones, que es bueno para el país, pues incrementa los ingresos de divisas, es a la vez, malo para las empresas pues incrementa sus pérdidas en Pesos Cubanos, lo que determina que el incremento de las exportaciones y la sustitución de las importaciones se convierta en una obligación del Plan y un compromiso político.

Se debe tener presente que la devaluación del Peso Cubano en las relaciones económicas financieras en las personas jurídicas, no representará una variación de los precios externos de los fondos exportables ni de los productos y servicios importados, pero si incrementará los ingresos totales en divisas del país, al estimular financieramente a las empresas y a sus trabajadores al aumentar las exportaciones, dado el incremento de los precios en Pesos Cubanos de los productos que vendan y, a la vez, desestimular las importaciones de bienes y servicios al incrementar el costo en Pesos Cubanos de los insumos y mercancías importados, lo que propenderá a privilegiar financieramente la selección de productos de producción nacional. La magnitud de los incrementos de los ingresos totales en Pesos Cubanos de las empresas exportadoras y los costos totales de las importadoras estará en dependencia del tipo de cambio que se fije.

Y de mayor significación es la posibilidad real de poder determinar con mayor grado de precisión la competitividad internacional de los fondos exportables y los productos y servicios que sustituyen importaciones, en que los más competitivos serán aquellos que en sus costos tengan un menor porcentaje de insumos importados. Esta circunstancia garantizará que en última instancia la selección de los bienes y servicios exportables y los productos que sustituyan importaciones, contribuyan real y efectivamente a incrementar el saldo en divisas de la cuenta corriente de la Balanza de Cobros y Pagos.


VI La eliminación de la dualidad monetaria y la devaluación del Peso en las personas jurídicas.

El 24 de octubre de 2013, fue publicada la Nota Oficial del Gobierno que informaba:

"En cumplimiento del Lineamiento 55, ha sido acordado por el Consejo de Ministros poner en vigor el cronograma de ejecución de las medidas que conducirán a la unificación monetaria y cambiaria.

Como se ha informado, la unificación monetaria y cambiaria no es una medida que resuelve por sí sola todos los problemas actuales de la economía, pero su aplicación es imprescindible a fin de garantizar el restablecimiento del valor del peso cubano y de sus funciones como dinero, es decir de unidad de cuenta, medio de pago y de atesoramiento. 

Lo anterior, unido a la aplicación de las restantes políticas encaminadas a la actualización del modelo, propiciará el ordenamiento del entorno económico y en consecuencia la medición correcta de sus resultados.

Los principales cambios en esta primera etapa, se producirán en el sector de las personas jurídicas, a fin de propiciar las condiciones para el incremento de la eficiencia, la mejor medición de los hechos económicos y el estímulo a los sectores que producen Se comenzará por un periodo de preparación de condiciones que permitirá la elaboración de las propuestas de normas jurídicas, los diseños de los cambios de los sistemas informáticos encargados de los registros contables y los ajustes en las normas de contabilidad. Será una etapa esencial igualmente para la capacitación de las personas que deben acometer la ejecución de las diferentes transformaciones de bienes y servicios para la exportación y la sustitución de importaciones." 


Las acciones de implementación se iniciaron con la impartición de seminarios a todos los dirigentes y funcionarios de los órganos y organismos, empresas y unidades presupuestadas, con explicaciones muy claras y precisas, mediante un Video, a partir de la intervención medular del Cro. Marino Murillo Jorge. Se emitieron por el MFP las Resoluciones 19, 20 y 21 del presente año, en las cuales se explican en detalle las tareas a realizar para efectuar los ajustes en los registros contables (revaluación de los inventarios y los activos tangibles e intangibles) y la metodología para la formación de los precios mayoristas y minoristas. 


De las explicaciones de los seminarios y de la interpretación de las Resoluciones referidas, se desprende que: El proceso de implementación se inicia el DIA "0", cuya fecha no ha sido informada, pero entre las tareas fundamentales a realizar una vez conocidos el Índice de Precios Mayoristas (IRPM) y el tipo de cambio devaluado a aplicar por las personas jurídicas, están las siguientes;

1.- Revaluar el costo de los inventarios y de los activos tangibles e intangibles al nuevo tipo de cambio, pero utilizando para esto el Índice de Precios Mayoristas (IRPM) que se apruebe;

 2.-Revaluar las partidas monetarias en moneda extranjera y el efectivo en CUC proveniente de operaciones de comercio exterior utilizando el nuevo tipo de cambio. Para las otras partidas monetarias se aplicará el tipo de cambio de 1 x 1; 

3.- Que las empresas mixtas revalúen todas las partidas del balance por el tipo de cambio devaluado, y

4.- La conformación de los precios mayoristas se deberá realizar preferiblemente por el método de correlación con productos similares y excepcionalmente por el gasto.


La implementación de la devaluación del CUP en las personas jurídicas, en materia contable conllevará:

1.- El incremento del costo de los bienes y servicios importados y por ende los costos de los productos y servicios nacionales y por ende los precios mayoristas de éstos y la mercancía para la venta, y

2.- Los incrementos de los precios mayoristas no se trasladaran a los minoristas.


A partir del DIA "0+1" las principales acciones a ejecutar son las siguientes:

1.- El establecimiento del Peso Cubano (CUP) como la única moneda para realizar las transacciones monetarias y financiera entre las personas jurídicas, naturales y la población;

2.- La utilización de los nuevos precios mayoristas formados, preferiblemente por correlación con productos similares y por excepción por el gasto, y 

2.- La conversión de los precios minoristas fijados CUC en las TRD a Pesos, multiplicando éstos por el tipo de cambio vigente de 25, así como correlacionar éstos con los precios en Pesos del mercado no normado. 

A partir del DÍA "0+1", será efectiva la unificación monetaria y circulará una sola moneda de curso legal y fuerza liberatoria ilimitada en el territorio nacional, tanto para las operaciones monetarias y financieras realizadas por las personas jurídicas y naturales como por la población, es decir, que todas las transacciones se efectuaran en Pesos Cubanos (CUP). 

Se mantendrá la dualidad cambiaria, siempre que el tipo de cambio devaluado que se fije para el canje del Peso Cubano por el dólar por las personas jurídicas, sea diferente al vigente actualmente para las personas naturales y la población de 25 x 1.

 Los precios minoristas mantendrán el mismo nivel del DIA "0", pues no se trasladarán los incremento de los precios mayoristas originados por la devaluación del Peso Cubano para las personas jurídicas, asumiendo el Presupuesto del Estado todos los excesos de costos no trasladados a las personas naturales y a la población, razón por la cual éstas no experimentarán, a corto plazo, ni perjuicios ni beneficios en su poder adquisitivo. 

 Las persona naturales y la población podrán canjear los Pesos Cubanos directamente por el dólar, no por el CUC, al tipo de cambio de 25 x 1, que se tendrá que mantener por un período de tiempo que no es posible precisar, porque la depreciación del Peso Cubano es una realidad objetiva y está directamente relacionada con la baja productividad y eficiencia del país y, su apreciación paulatina está directamente supeditada al crecimiento gradual pero sistemático de la productividad del trabajo, la eficiencia y competitividad internacional de nuestras producciones, lo que se expresará en el incremento de la capacidad económica del país. 

Es por ello, que mientras que estas realidades no se materialicen, no será factible incrementar la oferta bienes y servicios a la población, e ir paulatinamente incrementando el poder adquisitivo del Peso Cubano, mediante la apreciación del tipo de cambio, es decir, fijar el canje por la divisa extranjera en una cifra inferior a 25 Pesos Cubanos.

V Consideraciones finales

A modo de resumen se considera procedente reiterar la extraordinaria significación de la puesta en vigor del cronograma de ejecución de las medidas que conducirán a la unificación monetaria y a la devaluación del Peso Cubano en las personas jurídicas. Se considera que es una decisión transcendental y que en lo fundamental: 

Representa el inicio de un proceso impostergable requerido para alcanzar la máxima efectividad de las demás acciones acometidas en la Actualización del Modelo Económico Cubano. Y ello se reflejará, en primer lugar, en alcanzar una valoración razonable de nuestra moneda, el Peso Cubano, en relación con las monedas extranjeras, y por tanto, poder medir con un mayor grado de precisión los valores de nuestras producciones de bienes y servicios;

 Posibilitará disponer de una sola moneda, el Peso Cubano, con fuerza liberatoria ilimitada en nuestro país. Acertadamente se comenzará con las entidades jurídicas (empresas, unidades presupuestadas y las cooperativas) y posteriormente, acorde con el incremento de la productividad y la producción, se irán incorporando a los productores personales (pequeños campesinos y trabajadores por cuenta propia y a la población; 

De mayor significación para la economía del país, será poder medir con mayor objetividad todos los indicadores macroeconómicos, como el Producto Interno Bruto, el Ingreso Nacional, los indicadores de la Balanza de Cobros y Pagos, del Plan de la Economía, del Presupuesto del Estado, y

Para la economía empresarial, es esencial el hecho de que los empresarios puedan utilizar los estados financieros como un verdadero instrumento de dirección, sin tener que estar efectuando operaciones no validadas por los registros contables, para conocer con mayor precisión el valor de sus producciones, su rentabilidad y competitividad. Y, además, lograr una participación activa y efectiva de los trabajadores en el proceso productivo, pues éstos estarán conscientes del valor que realmente crea su trabajo expresado en el Valor Agregado Bruto. 

La Habana, 30 de abril de 2014

 Año 56 de la Revolución, 


Bibliografía;

Banco Central de Cuba. Artículos publicados en la Revista sobre el tema 

China, Documentos sobre la evolución del tipo de cambio.

Consejo de Ministros, Nota Oficial

Hidalgo de los Santos Vilma. Entrevista concedida sobre el tema publicado en la Revista Bohemia y  artículo Dualidad monetaria en Cuba: Causas e implicaciones de política.

Infante Joaquín. Múltiples documentos y artículos elaborados sobre el tema. 

Internet. Variados artículos sobre el tema de la dualidad monetaria en Cuba.

Lineamientos. Documentos de Implementación

Ministerio de Finanzas y Precios. Resoluciones emitidas

Ortiz Javier, Cien años de dualidad monetaria- Economía y Negocios, enero de 2014

Pavel Vidal Alejandro, El rompecabezas financiero y monetario cubano, La encrucijada de la dualidad monetaria y otros documentos publicado sobre el tema..

Rodríguez José Luís, Libro Notas sobre la Economía Cubana.

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