Guatemala: 
La política laboral del Presidente Otto Perez Molina viola aún más el derecho a la libre organización sindical
Por la Unión Sindical de trabajadores de Guatemala - UNSITRAGUA - Guatemala, 

1 de octubre o de 2012


Ante la Opinión Pública Nacional e Internacional

DENUNCIA

PRIMERO: Que el 24 de agosto de 2012 las trabajadoras y trabajadores de la Secretaria de Planificación y Programación de la Presidencia -SEGEPLAN-, después de un análisis de la grave problemática que enfrenta de índole laboral, económica y social decidieron iniciar la formación del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Secretaria de Planificación y Programación de la Presidencia (ST-Segeplan-), con la finalidad de poder accionar para hacerle frente a los graves problemas que enfrentan y basados en el Articulo 102 inciso q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y los Convenios Numero 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-, por lo que procedieron a presentar su documentación al Ministerio de Trabajo para su respectivo tramite de inscripción del SINDICATO, pero los actos de represión y represalia no se hicieron espera de parte de las Autoridades de SEGEPLAN quienes procedieron a despedir a 3 trabajadoras/es, quienes posteriormente fueron reinstalados en sus puestos de trabajo por la gestiones realizadas por los integrantes del sindicato (en formación) ante las Autoridades de Gobierno.

 Pero de manera sorpresiva el vienes 21 de septiembre de 2012, fue notificada al sindicato la Resolución con el Numero 09-2012 de la Dirección General de Trabajo por medio de la cual esta Institución del Ministerio de Trabajo DECLARA SIN LUGAR la SOLICITUD de RECONOCIMIENTO DE PERSONALIDAD JURIDICA, APROBACION DE ESTATUTOS E INSCRIPCION DEL SINDICATO DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE PLANIFICACION Y PROGRAMACION DE LA PRESIDENCIA –ST-Geseplan-; con esta resolución se demuestra la Política Laboral del Gobierno del General OTTO PEREZ MOLINA un Gobierno totalmente anti sindical, violando el Articulo 102 inciso q) de la Constitución Política de la República de Guatemala, los Convenios Internacionales Números 87 y 98 y las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- y con argumentos que se encuentran fuera del margen de la ley. 

 SEGUNDO: Que los trabajadores y trabajadoras de la Municipalidad de San José El Rodeo, del Departamento de San Marcos iniciaron el proceso de formación del Sindicato el 13 de febrero del año 2011, desde el inicio han enfrentado una serie acciones represivas e intimidatorias por parte del Ex Alcalde JULIO CESAR BALCARCEL RAMIREZ del Partido Unidad Nacional de la Esperanza UNE, con la finalidad de los desistieran de organizar el sindicato, pero no logro el objetivo debido a la convicción de lucha y defensa de sus derechos e intereses de la clase trabajadora, derivado de los despedidos ilegales, retraso en el pago del salario, intimidaciones y coacciones, además de las pésimas condiciones de trabajo, bajísimos salarios y malos tratos que reciben los trabajadores por parte de las Autoridades Municipales.

 El 16 de enero de 2012 asumió el nuevo Alcalde el Doctor JUAN FRANCISCO AGUILAR DIAZ postulado por el Partido Patriota PP, los trabajadores y trabajadoras tenían la esperanza de que la situación cambiara con la llegada del nuevo alcalde, sin embargo, no fue así, el mismo 16 de enero de 2012 procedió a despedir a todos los trabajadores y trabajadoras afiliados al sindicato; a la vez contrato nuevos trabajadores para desplazar de su puestos de trabajo a los sindicalistas, hoy a 9 meses de gestión del Presidente OTTO PEREZ MOLINA y del Alcalde de la Municipalidad de San José El Rodeo, del Departamento de San Marcos JUAN FRANCISCO AGUILAR DIAZ, el resultado final es que por medio de la Dirección General de Trabajo una dependencia del Ministerio de Trabajo el día 25/9/2012 notifico en las oficinas de UNSITRAGUA la resolución numero 10-2012 de fecha 24/9/2012 el contenido de dicha resolución DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE PERSONALIDAD JURIDICA, APROBACION DE ESTATUTOS E INSCRIPCION DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE EL RODEO, DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS –SITRAMUNIRODEO-, NO es posible que después de 1 año con 7 meses el Ministerio de Trabajo se convierta en el principal violador directo del Derecho a la LIBERTAD DE ORGANIZACIÓN SINDICAL, pues con ello están dándole muerte a los dos procesos que contienen la formación de los sindicatos en aplicación a los convenios internacionales numero 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo –OIT- dejando en letra muerta dichos convenios ante tales resoluciones del Director General de Trabajo y lo más grave es que se está abalando para que: SE AUTORISE EL DESPIDO DE TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO ORGANIZATIVO DE ESTOS 2 SINDICATOS DEJANDO A UN LADO LAS RECOMENDACIONES REALIZADAS POR LA ORGANIZACIÓN INERNACIONAL DEL TRABAJO –OIT- 

 UNSITRAGUA CONDENA ENERGICAMENTE LAS ACTUACIONES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y DEL GOBIERNO CENTRAL, Y EXIGE A LA VEZ QUE SE RESPETEN Y CUMPLA EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS A ORGANIZARSE EN SINDICATO.

Junta de Coordinadores y Subcoordinadores -UNSITRAGUA- 

UNIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES DE GUATEMALA - UNSITRAGUA

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